La AEAT ha sometido a audiencia el nuevo proyecto sobre el impuesto especial de la electricidad, que derogará la anterior legislación de 2014 que ha sido objeto de numerosas modificaciones, y que actualizará el trámite para liquidar este impuesto, especialmente para habilitar que los contribuyentes la realicen mediante solicitud online. 

Así, una vez que se apruebe dicho proyecto y entre en vigor, se facilitará desde la página de la Agencia Tributaria un formato de solicitud de inscripción en el registro territorial así como un nuevo modelo 560 de autoliquidación de este impuesto, a efectos de su posterior presentación de ambos documentos mediante la sede electrónica de Hacienda. 

El Impuesto sobre la Electricidad es uno de los impuestos especiales de fabricación marcados por el Ministerio de Industria. Este concepto, que aparece en todos nuestros recibos de suministro eléctrico, independientemente de la tarifa contratada o de la compañía, corresponde a un 5’113% del término de potencia y de consumo. 

No obstante, con este nueva regulación no se verán modificados las características esenciales del mismo tales como el hecho imponible, el periodo de liquidación, el ámbito territorial o la base impositivo, que seguirá correspondiendo a las retribuciones brutas (excluido el IVA) de ingresos procedentes de la actividad de producción y suministro de la energía eléctrica recibidos o por recibido por el contribuyente. 

El Impuesto sobre la Electricidad reúne una serie de cualidades que le hacen distinguirse del resto de impuestos aplicados por el Gobierno y que son las siguientes: 

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *