Tras un arduo proceso judicial, el Tribunal Supremo determina que la relación laboral existente entre las empresas dedicadas a las plataformas digitales de reparto y sus trabajadores es por cuenta ajena, habiendo actuando hasta el momento como falsos autónomos.

Los llamados ‘’RIDERS’’ de las plataforma tipo GLOVO, UBEREATS, DELIVEROO, entre otras, deben actuar como asalariados, teniendo ahora que atender los requerimientos que llevará a cabo la Seguridad Social a estas empresas en concepto de cuotas no pagadas. Para hacer más explícita la relación laboral existente, se llevará a cabo una nueva normativa que prepara el Ministerio del Trabajo. 

El Tribunal Supremo considera acreditado que la relación entre estas empresas y sus trabajadores no es de naturaleza ‘’intermediaria’’ en la contratación de servicios entre comercios y repartidores, puesto que las condiciones esenciales para la prestación de dicho servicio la instauran las mimas, actuando como jefes, subordinando así a sus repartidores, que no actúan con la libertad de un autónomo a la hora de decidir donde y cuando prestan sus servicios. 

Una de las claves del hasta ahora modelo de falso autónomo de GLOVO o DELIVEROO, empresas muy parecidas en sus políticas internas, es el menor coste que debe asumir la empresa para con los repartidores. Lo que ocurriría, y ocurrirá a partir de ahora, es que estas empresas deberán asumir un mayor coste en Seguridad Social, para dotar a los RIDERS de cuestiones como ser beneficiarios del subsidio por desempleo, vacaciones remuneradas, cursos de prevención de riesgos laborales, entre otros. Según ha informado UGT, las plataformas digitales de reparto a domicilio dejan de pagar en torno a la cantidad de 150 millones de euros anuales con este modelo laboral.

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